Monitoreo de Extracciones Efectivas

La Resolución D.G.A. N° 1238 (Exenta) de 21 de junio de 2019 y publicada en el Diario Oficial el 1 de julio de 2019, determina las condiciones técnicas y los plazos a nivel nacional para cumplir con la obligación de instalar y mantener un sistema de monitoreo y transmisión de extracciones efectivas en las obras de captación de aguas subterráneas

Identificación

Para este sector y considerando que su caudal promedio es de 96 lts/seg, se debe cumplir con la exigencia de envio de información.

Imagen entregada por encargado del punto de extracción.

Cumplimiento DGA

En cumplimiento con la autoridad el derecho de agua asociado a el pozo..., pertenece a los que tienen la obligación de transmitir la información cada hora.

  • Nivel Freático:
  • Volumen Extraído:
  • Caudal :
  • 130.00
  • 25.000
  • 96 lts/seg

Últimos datos registrados por el sistema.

Ubicación

Los datos de constitución de este derecho de agua se encuentran en el registro del conservador de Bienes raíces De Santiago, bajo el expediente.
Cuyos propietarios son:

Derecho y Obra de Captación

Los datos de constitución de este derecho de agua se encuentran en el registro del conservador de Bienes raíces de Santiago, bajo el número de expediente.

OB-1501-43